La proposición de modificación de la LEC- ley de Enjuiciamiento Civil – recibe el apoyo de toda la derecha.
Francesc HOMS, prohombre de la nueva CiU en Madrid, es el portavoz de esa modificación.
Las implicaciones sociales de esa ley no son aún generalizables a todas las ocupaciones.
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES // CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
Serie B Núm. 78-1 30 de enero de 2017 Pág. 2
PROPOSICIÓN DE LEY DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 1/2000, DE 7 DE ENERO, DE ENJUICIAMIENTO CIVIL, POR LA QUE SE REGULA UN PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO PARA GARANTIZAR LA POSESIÓN DE VIVIENDAS TITULARIDAD DE PROPIETARIOS PERSONAS FÍSICAS Y PARA ASEGURAR A LAS ENTIDADES SOCIALES Y A LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS LA DISPONIBILIDAD DE LAS VIVIENDAS EN SU HABER DESTINADAS A ALQUILER SOCIAL.
El PDECat presenta una modificación de la LEC en casos de ocupación sin garantizar realojo
- Si se lee el articulado de la modificación de la LEC se observa que la medida afecta sólo a propiedades de personas físicas, entidades sociales y administraciones públicas pero no a grandes tenedores de vivienda.
- La modificación de la LEC insta a un juicio verbal que con la presentación del título de propiedad de persona física, ONG o Administración Pública pueda desalojar al ocupante ilegal aunque a este le permita presentar oposición en un plazo de 10 dìas, pero el desalojo es de facto: “mediante Auto, la entrega de la posesión inmediata al demandante que así lo solicitare y aportare título que acredite el derecho a poseer la vivienda o parte de ella, sin exigir caución ni concurrencia de peligro por la mora procesal“.
Vayamos a la meticulosidad del PDE-cat. Sorprende la meticulosidad del PDEcat en esa modificación cuando tiene aparcada la ley de la renta garantizada en un cajón del Parlament de Catalunya. Esta modificación legislativa es un trabajo de bisturí sobre la LEC, de concienzudo detalle, para salvar determinados cpropietarios de la acción… no de supuestas familias que ocupan pisos desesperadas, sino de bandas organizadas que viven a costa de cobrarles a estas. Dudamos que esta iniciativa legislativa haya sido una ocurrencia del senyor Homs. Nos debería explicar que grupo de presión, lobby, le ha escrito la letra pequeña. No vemos al señor Homs hilando tan fino sino a sectores organizados de lascámaras de la propiedad de Barcelona que no quieren que pisos vacios sólo para turistas acaben ocupados por eso, porqué están vacios la mayor parte del tiempo.
Tal vez, el problema no radique en esas bandas organizadas, sino en 35 años de democracia prácticamente dirigida por esos partidos en que no avanzaron en garantizar el derecho a la vivienda constitucionalmente aceptado del artículo 47 de la Constitución. Resulta curioso que en nuestro país con uno de los índices más elevados de viviendas por habitante de todo el mundo, el problema sea “cuatro mindunguis” que viven de cobrar por reventar puertas. Pocos casos conocemos de personas físicas que no puedan acceder a su vivienda por una ocupación que no se hayan resuelto satisfactoriamente en un plazo razonable. Lo que no es razonable es que con esta modificación de la LEC, haya o no ocupación con mafia, la familia afectada, si fuera el caso, se encuentre en la calle sin más. El redactado de esa ley: la autoridad judicial comunicará a los servicios municipales de atención social del municipio de que se trate, la apertura del proceso de desocupación ilegal, a los efectos de la adopción de las medidas correspondientes, si proceden… no garantiza que la familia desalojada vaya a tener una solución, entre otras razones, porque ni el PDEcat ni Junts pel Si, garantizan en Catalunya una suficiencia de pisos públicos o sociales para personas desalojadas en procesos de emergencia social.
Ni tan solo, la tan cacareada ley 24/2015, tumbada por el PP, nunca reservó los 800 millones necesarios para garantizarla. En aquellos momentos ya dijimos que esa ley –aplaudida incluso por la PAH como una victoria– jamás puso el presupuesto necesario para que se hiciera realidad. Ayuntamientos como Barcelona van como locos buscando pisos para alojar la avalancha de desahucios en precario y de alquiler y esa modificación tal cual de la LEC no ayuda precisamente… ya habían mecanismos judiciales para ello suficientes. Afirmamos que esta modificación de la LEC agrava la emergencia habitacional pero no es tan grave como algunas declaraciones dicen como tampoco la ley 24/2015 era tan buena como para aplaudir a rabiar. Dejemos cada cosa en su sitio.
Esta ley envalentona a la derecha para recortar el derecho constitucional a la tutela jurídica efectiva .
En paralelo a esta modificación del PDEcat sobre la LEC debemos poner el acento en la actuación de piquetes antiOKUPA en Barcelona y las declaraciones de mandos de la Guardia Urbana y Mossos preguntándose si deben actuar cuando piquetes anti-OKUPA, leáse empresa DESOKUPA, actuan por su cuenta como matones. No vamos a entrar en la discusión con la policía. Sencillamente hay que recordarles que dice la ley y como deben actuar en caso de quebranto. Si alguna cosa se debe exigir a unos funcionarios públicos es el conocimiento de la ley y la ecuanimidad de su intervención. Los matones de Desokupa actúan al margen de la ley y de la justicia, se toman la justicia por su mano. Esto es muy peligroso para los ocupas que han consolidado una vivienda donde cobijarse pero también para la policía. Si la cosa se resuelve con matones o policía privada para que necesitamos funcionarios públicos que son más caros?
Una pequeña nota de un compañero de 500×20 dejó en un xat:
Estos días altos cargos de la Guardia Urbana han manifestado su desacuerdo en intervenir cuando la gentuza de Desokupa viola un domicilio. Argumentan que eso sería proteger a unos ocupas “ilegales” frente a los “legítimos propietarios ” de la vivienda. LES RECORDAMOS SEÑORES AGENTES DEL ORDEN QUE CUANDO DESOKUPA CAMBIA UNA CERRADURA O SE INTRODUCE EN UNA VIVIENDA HABITADA ESTÁ COMETIENDO ALLANAMIENTO DE MORADA, UN DELITO PENAL. El allanamiento de morada no tiene nada que ver con quien es el legítimo propietario de la vivienda, cuestión que debe dirimirse en los tribunales. En cuanto a LA POSESIÓN DE LA VIVIENDA esta corresponde a las personas que moran allí hasta el momento que (si procede) se produzca un desahucio con su correspondiente diligencia judicial. ENTÉRENSE DE UNA VEZ: SI USTEDES NO ACTÚAN ANTE UN DELITO TAN GRAVE COMO EL DE ALLANAMIENTO DE MORADA A SABIENDAS QUE SE ESTÁ PRODUCIENDO, ESTÁN PREVARICANDO¡¡¡ Para más información sobre el tema os pasamos enlace a un articulo de nuestra web:
Ocupación de vivienda, usurpación de vivienda y allanamiento de morada