la cláusula abusiva de cesión del crédito hipotecario como piedra angular de los delitos financieros y la impunidad de la Banca española

Todo negocio financiero, métanselo en la cabeza, es un juego de trileros.


La cláusula de renuncia a ser informado de la cesión del crédito fuerza a los deudores a desistir de forma expresa a ser informado en el supuesto que la entidad financiera cediera a un tercero su derecho como acreedor del préstamo hipotecario.

Un redactado de la cesión del crédito en una escritura con garantía hipotecaria.


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NUEVA SENTENCIA PIONERA sobre titulización hipotecaria: es una cesión de contrato! no una mera cesión de crédito.

La ocultación al deudor de la titulización hipotecaria camufla los trapicheos con el BCE en la creación monetaria bancaria y privada de euros de curso legal.

Esta cláusula que la hemos encontrado en casi todas la escrituras de préstamos hipotecarios – se han firmado millones- se solía utilizar para ocultar a los deudores que el préstamo se cedía a un fondo de titulización en forma de Participaciones hipotecarias y más tarde se uso en los Certificados de Transmisión hipotecaria (CTH) en los cuales parte o la totalidad del préstamo respectivamente se vendía a un fondo de titulización – importante, sin personalidad jurídica- que gestionaba una sociedad gestora muchas veces propiedad del mismo banco que revendía participaciones en los beneficios- bonos– entre supuestos inversores. O sea, las hipotecas desaparecían del balance contable del banco con lo que parecía tenía más credibilidad- como saben la contabilidad es una cuestión estrictamente de fe, como la religiosa-. Y también en aquellos préstamos de más “calidad crediticia del hogar” como cédulas hipotecarias sin salir supuestamente de la estructura contable de los activos del banco emisor de dichas cédulas (dejamos para otro día explicar los trapicheos de los banqueros con las cédulas)

Esta operación de titulización acababa muchas veces por la compra de la totalidad de los bonos por el mismo banco. La pregunta obligada es, ¿para qué, entonces, realizar esta compleja operación jurídica y financiera? Pues, aunque no tenemos datos de ventas a terceros, una de las principales razones de la emisión de los bonos de titulización es usarlos de colateral en las operaciones de financiación con el Banco Central europeo o EuroSistema:

Página 48/134 del Folleto de Emisión de InterMoney GRUPO BANCO POPULAR MBS3, FONDO DE TITULIZACIÓN DE ACTIVOS

En otras palabras, en este folleto se dice claramente lo que nosotros afirmamos. La titulización de los varios miles de préstamos con garantía hipotecaria del Fondo del Popular MBS3, era para garantizar operaciones con el BCE y en el último párrafo el Banco Popular decía que si no le interesaban lo vendería a terceros.

Pero no nos engañemos, aquí es el BCE el agente subsidiario del Popular – por muy desaparecido que este-, o de toda la banca privada. Es el lobby de la banca privada europea quién configuró en Maastrich al BCE con el objetivo de maquillar sus actos delictivos. El BCE se configuró para que sólo comprará títulos de deuda – los bonos de titulización – pero no hipotecas o acciones directamente como ocurre ya con otros bancos centrales. Esa es la razón que justifica la titulización hipotecaria, la flexibilización cuantitativa o los créditos Next Generation. Salvar al poder financiero y las grandes empresas europeas ayudadas por el poder militar blando soportado sobre el euro.

En nuestro caso, la obligada ocultación al populacho con instrumentos de lenguaje jurídico como cesión o como clausulado abusivo en las escrituras hipotecarias hacen de la titulización un instrumento frágil – un girigay jurídico y legislativo– al servicio de cuadrar en los términos del juego contable legal del EuroSistema la contabilidad creativa de la Banca privada.

Lean bien, dos veces, no es el tinglado financiero quién esta al servicio de los consumidores de préstamos como sugiere cándidamente el Tribunal de Justicia de la Unión europea -TJUE- sino Usted quién se cree el cuento de la lechera y pica el anzuelo.

Todo lo anterior demuestra que para pedir préstamos en las ventanillas del BCE, para cuadrar su contabilidad creativa, la Banca ofrece como colateral al BCE su promesa- LA DE USTED- de cumplir con las obligaciones hipotecarias y el respaldo de su vivienda como garantía cuando firmó la hipoteca. El dinero del préstamo hipotecario lo crea el banco cuando Usted promete honorar los pagos, no le prestan dinero de otros, no miran si tienen suficientes reservas para prestar, no les hace falta, su promesa de pago crea su deuda – es un pecador -. Usted es un generoso ciudadano que comparte su riqueza con los desgraciados banqueros. Es USTED que financia al banco y no al revés. Son sus ahorros, su trabajo y su vivienda la que financia al banco.

Aquí la importancia del lenguaje y la simulación de los verdaderos hechos financieros. Todo negocio financiero, métanselo en la cabeza, es un juego de trileros o de fe según se mire y USTED siempre perderá.

Por eso, nosotros proponemos la prohibición de la titulización y por lo tanto de ese negocio fraudulento de la Banca.

Todo negocio financiero, métanselo en la cabeza, es un juego de trileros o de fe según se mire


La Banca española colaboradora necesaria de los fondos de inversión internacionales en el expolio inmobiliario.

Pero también, esa cláusula abusiva y siempre nula, por no negociada, debe ser eliminada de las escrituras pues puede ser utilizada para no informar a los deudores de la venta de su crédito y posiblemente su garantía – la vivienda- a un fondo inversor, muchas veces, en operaciones sobre Non Performing Loans – NPL- o créditos dudosos o sobre portafolios de activos adjudicados en subasta a la banca o REO (Real State Owned).

Las ventas de los bancos españoles de estos créditos y/o garantías se ha hecho con total impunidad y opacidad en los últimos años a fondos inversores extranjeros a bajo precio. Hablamos de más de 250.000 millones – que se dice pronto- que han vaciado los balances de la banca española de manera que muchos se han comprado desde sociedades alojadas en paraísos fiscales y participadas al tiempo por los mismos bancos.

El objetivo era y es no pagar impuestos y no tener que lidiar con el artículo 1535 del Código Civil que es la figura jurídica que permite el histórico derecho de tanteo y retracto. La banca laminó con sus prebendas ese artículo del centenario Código.

La vivienda en propiedad, la hipoteca, se acaba convirtiendo en un entramado de negocios financieros complejos en la que los deudores son exprimidos como vacas lecheras con total impunidad en operaciones opacas de la que no son ni conscientes. Una gran parte de la responsabilidad la tienen la totalidad de los partidos del Congreso de los diputados, que lejos de representar la soberanía popular son simples marionetas o mayordomos de los banqueros que tienen la llave de la creación monetaria.

Así pues, la cláusula abusiva de la cesión del crédito no sólo no permite recurrir al artículo 1535 del Código Civil a comprar la vivienda por el mismo precio que compra un fondo buitre. También se usa para que los créditos hipotecarios de dudoso cobro y las viviendas devaluadas de precio se malvenden a esos fondos internacionales de inversión oportunistas – recordemos participados por nuestros patrios banqueros- .

En tiempos de crisis: ¿la cláusula Rebus Sic Stantivus?

Todo ello consecuencia de la crisis financiera, de la que son culpables los banqueros, que han sido rescatados o han eliminado competencia asegurándose el “too big to fail“. Los gobiernos se han endeudado con los mismos bancos privados que han salido fortalecidos de la crisis al aplicar al negocio financiero la cláusula –Rebus Sic Stantivus– que traducido sería algo así como “mientras estén así las cosas” asume el Estado -todos- el rescate bancario. Ahora bien, los restos airosos del naufragio del sistema bancario más sólido del planeta- dixit Zapatero-, los cuatro grandes del IBEX35, no han tenido miramientos con los centenares de miles de hogares y empresas que lo han perdido todo cuando podían perfectamente haber adecuado las deudas a su capacidad económica, o sea, rebajar las deudas al mismo valor que vendían a los buitres oportunistas americanos engordados gratis con dólares de la Reserva Federal que salen a raudales de sus máquinas de imprimir dinero para comprar gratis el Mundo.

Es justo reclamar la aplicación general de la cláusula Rebus sic stantibus para responder a una suerte de causa humanitaria que evitaría una especulación injusta, justificada por la necesidad de sanear balances de las entidades financieras.

Aplicar la cláusula Rebus con justicia a las ejecuciones hipotecarias en tiempo de crisis salvaría a los hogares que no podían cumplir las obligaciones derivadas de un contrato de por si ya abusivo. Tocaba adaptarlo a la realidad. Cómo ocurrió también en los alquileres de locales. No fue así para los hogares. Los Fainé, Botín, Oliu prefirieron hundir a sus conciudadanos en la miseria y servir a los intereses de los amos del mundo de Wall Street o Luxemburgo.

Salva TORRES, 2 DE JUNIO DEL 2021



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1 comentari a “la cláusula abusiva de cesión del crédito hipotecario como piedra angular de los delitos financieros y la impunidad de la Banca española”

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