Varapalo a Bankia
Sentencia en juzgado de primera instancia 54 de Barcelona
El Juzgado acredita que el verdadero propietario de la deuda es Fondo Bancaja 13 -Fondo de Titulización de Activos.
El Juzgado nº 54 de Barcelona acepta parte de la demanda interpuesta a través del abogado José Angel GALLEGOS contra Bankia. Se afirma que Bancaja suscribió un préstamo hipotecario enb el 2007. Que dicha entidad titulizó el préstamo en el Fondo Bancaja 13 – Fondo de Titulización de Activos que estaba gestionado a su vez por Europea de Titulización SA- Sociedad Gestora de Fondos de Titulización.
Que a pesar de la titularidad del préstamo BANKIA suscribió en nombre propio una escritura de dación en pago para saldar un pago parcial del préstamo hipotecario y de sendos préstamos personales. LA sentencia certifica que Bankia dejó de ser acreedor porque el titular del crédito fue el Fondo en virtud de la cesión, aunque Bankia mantenía la administracion y gestión del mismo.
El fallo estima parcialmente la demanda presentada por el abogado contra Bankia,S.A. en el sentido que es la Sociedad Gestora el titular de la misma. Entendemos aún a falta de hablar con el abogado que el procedimiento retrotrae la causa al inicio de la dación.
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